Declaración Jurada por Deterioro de Pasaporte
Las Declaraciones Juradas de Deterioro de Pasaporte tienen el objetivo que los ciudadanos dominicanos puedan explicar en qué circunstancias dicho documento de identidad sufrió el deterioro al solicitar una nueva libreta de pasaporte cuando la anterior se le ha deteriorado.
Para información actualizada en relación al trámite consultar la página web: www.consuladord.com.
DESCRIPCIÓN.
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PÚBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
Las Declaraciones Juradas de Deterioro de Pasaporte tienen el objetivo que los ciudadanos dominicanos puedan explicar en qué circunstancias dicho documento de identidad sufrió el deterioro al solicitar una nueva libreta de pasaporte cuando la anterior se le ha deteriorado.
Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar DECLARACIONES JURADAS para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinas consulares dominicanas para que se le tome la DECLARACIÓN JURADA. Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Declaraciones Juradas en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS.
- Dos copias del Acta de Nacimiento dominicana reciente. (Si la tiene).
- Dos copias de la Cédula dominicana. (Si la tiene).
- Dos copias del documento de Identidad del DECLARANTE del país donde se encuentra. (Si lo tiene).
- Pasaporte dominicano deteriorado.
- Un testigo con identificación oficial en original y dos copias.
TIEMPO DE OBTENCIÓN.
Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
OBSERVACIONES.
- Si la declaración es respecto a un menor, debe acompañarle uno de sus padres o representante legal para que sea éste quien declare.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a certificar una firma de un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la misma o si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Declarante.
- Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.